La Asociación Profesional de la Magistratura, reunida en Aranjuez durante los días 28 y 29 de junio en unas jornadas celebradas bajo el lema "El Recurso de Casación y el Gobierno del Poder Judicial", desea dar a conocer a los medios de comunicación las conclusiones a las que se han llegado en sus Mesas de Trabajo.
CONCLUSIONES DE LAS JORNADAS SOBRE LA REFORMA DE LA JUSTICIA
Aranjuez, 28 y 29 de junio de 2005.
En los últimos tiempos, la sociedad española viene asistiendo a una campaña política y mediática, dirigida a poner en cuestión el actual modelo de la Justicia española, y en especial, a dos de sus piedras angulares: el Tribunal Supremo y el Gobierno del Poder Judicial. Estas reformas supondrán la ruptura del marco constitucional, la quiebra de la igualdad de los ciudadanos ante la Justicia y multiplicará la politización de la Justicia reduciendo al ciudadano a la condición de súbdito.
La devaluación de la función jurisdiccional del Tribunal Supremo por la situación de masificación de sus respectivas Salas, no debe servir de justificación para hacer desaparecer su papel crucial como institución básica para asegurar la unidad del Poder Judicial en España y que se produzca una desvertebración de la función de fijar la doctrina legal y jurisprudencial con carácter vinculante para todos los órganos jurisdiccionales.
Su función constitucional básica y primaria es la de unificar la interpretación del ordenamiento jurídico efectuada por todos los Juzgados y Tribunales, preservando los principios constitucionales de igualdad y seguridad jurídica, con el carácter de supremo garante del principio de legalidad, de la unidad de acción del Poder Judicial en su conjunto y de la unidad del ordenamiento jurídico estatal.
Las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo han de tener efectividad en el litigio concreto y servir como precedente futuro, ofreciendo certidumbre y propiciando la igualdad y la seguridad jurídica, lo que se traduce en confianza social y contribuye de forma esencial a potenciar el bienestar general, el desarrollo y el crecimiento económico.
La creación de los Consejos de Justicia en las Comunidades Autónomas no acerca la Justicia al ciudadano ni acomoda el Poder Judicial al modelo constitucional del Estado Autonómico.
No aproxima la Justicia al ciudadano porque el Poder Judicial es el más descentralizado de los tres Poderes del Estado. En cada partido judicial, hay un Juez independiente y sometido exclusivamente al impero de la Ley.
No pretende acomodar la Justicia al modelo de Estado Autonómico porque la Constitución diseña un Poder Judicial único como garantía de los derechos de todos los ciudadanos y de su igualdad ante la Ley en todo territorio nacional. La Constitución atribuye la salvaguarda de la independencia de Jueces y Magistrados a un órgano constitucional: el Consejo General del Poder Judicial, cuya existencia se justifica exclusivamente por esa razón. La fragmentación del gobierno del Poder Judicial propicia la influencia en él de los poderes políticos, económicos y sociales territoriales y compromete gravemente la independencia judicial como garantía de la tutela judicial efectiva de los derechos de los ciudadanos.
La Asociación Profesional de la Magistratura denuncia que los verdaderos propósitos que encubre la reforma son, en primer lugar, intereses políticos partidistas cuyo principal objetivo es avanzar en proyectos de construcción nacional de los que forma parte como elemento fundamental un Poder Judicial propio, rompiendo el modelo de Estado definido en la Constitución, y, en segundo lugar, controlar el Poder Judicial desde el poder político, poniendo en grave riesgo los derechos fundamentales de los ciudadanos, y, en particular, la igualdad de todos ante la Ley.
La Asociación Profesional de la Magistratura sigue apostando por el modelo de Gobierno judicial que establece la Constitución, con un sistema de elección de Vocales judiciales directamente por Jueces y Magistrados que evite trasladar a éstos, verdaderos detentadores del Poder Judicial, las connotaciones políticas que afectan a los Vocales elegidos exclusivamente por vía parlamentaria.
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