Estudios e Informes (1997 - 1999) 
Reformas Reglamentarias

INFORME DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE LA MAGISTRATURA AL PROYECTO DE REGLAMENTO 2/2001, POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 41 DEL REGLAMENTO 5/1995, DE 7 DE JUNIO

.

Dentro del plazo concedido y al amparo del art. 110,3 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio del Poder, la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE LA MAGISTRATURA por medio de su Gabinete de Estudios y Documentación presenta el Informe solicitado al Proyecto de Reglamento arriba indicado sobre la base de las siguientes consideraciones.

PRIMERO.- Se echa en falta la incorporación de la corrección de errores efectuada al Reglamento 1/2001, en el sentido de que debe decir “órdenes” y no “órganos” jurisdiccionales.

SEGUNDO.- El  Proyecto informado parte de la idea de que el artículo 45 de la Ley de Procedimiento Laboral no ha sido derogado por la Ley de  Enjuiciamiento Civil, ni  en tal aspecto es aplicable la regla supletoria del artículo 4 de la misma pues al existir una norma expresa en la Ley de Procedimiento Laboral, no rige esa regla supletoria.

Desde esta premisa es un error que por vía reglamentaria se propongan o  insinúen aplicaciones alternativas al  artículo 45 de la Ley de Procedimiento Laboral, norma clara y vigente, de forma  que la redacción del Proyecto avala e incentiva la disparidad de criterios.En consecuencia, para el inciso segundo del artículo 41.1 se propone las siguientes redacciones:

            1ª «En lo referente a la presentación de escritos dirigidos a juzgados y tribunales del orden laboral se  estará a  su normativa procesal»      

              «1.Los Juzgados de Instrucción que presten servicios de guardia en cuanto a la presentación de escritos dirigidos a  órganos del orden civil y contencioso-administrativo estarán a lo previsto en el  artículo 135.2 de la Ley de  Enjuiciamiento Civil»

Este es el Informe que la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE LA MAGISTRATURA formula al Proyecto de Reglamento indicado en el encabezamiento y que somete a cualquier otra consideración mejor fundada.

Madrid, a veinticinco de enero de 2001

 Subir