El Tribunal Supremo confirmó ayer la sanción impuesta por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al juez Guillermo Ruiz Polanco, por la que se le suspendía de sus funciones por un año, debido a una falta muy grave de desatención y retrasos injustificados en el ejercicio de sus competencias que provocaron la excarcelación del etarra Ibai Ayensa, al cumplirse dos años de prisión preventiva sin que se celebrara la vista.
Según el Supremo, que desestima el recurso de Ruiz Polanco, el control de las medidas cautelares de privación de libertad debe considerarse «un importantísimo deber del juez que, además, debe ser cumplido con carácter de urgencia o inmediatez». Este deber se traduce en «la exigencia» de que el juez «examine personalmente el estado de las actuaciones», por lo cual considera «válidos y acertados» los criterios del CGPJ. Polanco achacó su arror a la falta de medios.
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