Jueces sustitutos

Pregunta    / Respuesta


PREGUNTA.:

Hola:

Me llamo J.M R. P.. Ejerzo como Juez sustituto en Marbella. Me permito sugeriros que sería conveniente cesar en la actitud crítica de la APM respecto de los Jueces sustitutos y el sistema de acceso a la carrera judicial por el tercer y cuarto turno. Y para ello se deberían investigar las virtudes de los sistemas alternativos de acceso, diferentes de los puramente memorísticos y valorarse en su justa dimensión la encomiable labor que ejercen muchos Jueces sustitutos. ¡Ya está bien de recibir críticas peyorativas! Os puedo asegurar que en cuatro años que he trabajado sirviendo plaza de Magistrado (con categoría de Juez sustituto) las quejas que he recibido de Abogados y Procuradores siempre han ido dirigidas precisamente a Jueces "titulares". Entre los sustitutos y suplentes hay Catedráticos de Universidad, Profesores, Juristas y Abogados con mucha preparación y experiencia que no merecen este trato de desfavor por parte de la APM. ¿Porqué tiene tanto interés ésta asociación en que no se valore el trabajo de los sustitutos como mérito preferente para acceder a la carrera judicial, cuando precisamente ya se ha demostrado a lo largo de los años y en plazas difíciles la aptitud que se requiere para desempeñar el cargo?

Os sugiero que investiguéis en el derecho comparado sobre las fórmulas de acceso a la carrera judicial, especialmente en los países de nuestro entorno, y apreciaréis cómo precisamente en los países donde sólo se exije capacidad memorística la justicia no cesa de recibir críticas por parte de la sociedad (España e Italia frente a los países nórdicos).

Por último, si el Derecho Comunitario Europeo pudiera tener algún peso específico al regular esta materia, convendría investigar su posible aplicación, pues dado su carácter prevalente sobre las legislaciones nacionales seguramente evitaría discriminaciones como las que injustamente sufrimos los Jueces sustitutos españoles.

 

RESPUESTA.:    

    "Estimado amigo: No es exacto que la APM esté en contra del sistema de los jueces sustitutos. De suyo, estamos de acuerdo de que existen muchos jueces sustitutos, como puede ser tu caso y estamos convencidos de que así es, que ponen todo su empeño en que la justicia funciones correctamente allí donde ejercen su función. Tomamos nota, desde luego, de tu propuesta en el análisis en el derecho comparado de los sistemas de acceso".

  

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