Querida compañera/o:
Te adjuntamos los acuerdos,
alcanzados por el Ministerio de Justicia, la Asociación
Profesional de la Magistratura y Jueces para la
Democracia, en la reunión que tuvo lugar en el Ministerio
de Justicia el 18 de febrero pasado, para la tramitación
de la Ley de Retribuciones.
Son acuerdos realistas y
razonables, que cumplen básicamente las propuestas
mínimas, pactadas previamente por todas las Asociaciones,
con excepción de los plazos de ejecución de la Ley y la
disminución del aumento retributivo a los órganos
jurisdiccionales, que no alcancen el 80% de los módulos
actuales hasta que sean sustituidos por unos nuevos
módulos, realizados científicamente por el CGPJ, con el
consenso de las Asociaciones, por causa que les sea
imputable.
Son realistas, porque
permiten desbloquear una Ley, reivindicada desde hace más
de dieciséis años por la carrera judicial, pudiendo
asegurarse, que no existe alternativa posible a los mismos
en una coyuntura económica difícil, con un Gobierno con
mayoría absoluta y comprometido con el déficit cero.
Son razonables, porque
garantizan que el 31-01-2.004 la carrera judicial
percibirá un aumento, que oscilará entre el 20% y el 26%
de la retribución, cobrada el 1-01-2.002, al añadirse a
los aumentos pactados las subidas generales para los
funcionarios públicos, superándose sustancialmente los
aumentos retributivos de todos los Cuerpos de las
Administraciones Públicas, así como los de cualquier
sector privado.
Es cierto, que su
ejecución definitiva se diferirá hasta el 31-01-2.004,
pero también es cierto, que la ejecución del Real
Decreto de Retribuciones vigente se demoró también
durante dos años, pudiendo asegurarse, que en el período
1-01-2.002 al 31-01-2.004 no se producirán disminuciones
de nuestro poder adquisitivo.
Es también verdad, que los
órganos jurisdiccionales, que no alcancen el 80% del
módulo actual y en su momento, del módulo que determine
el CGPJ con arreglo a criterios científicos y pactado con
las Asociaciones, verán disminuido en un 5% el aumento
retributivo, pero dicha circunstancia solo se producirá
cuando sea imputable a dichos órganos, pudiendo
asegurarse, que solo sufrirán esa disminución, previo
expediente tramitado ante el CGPJ, una minoría ínfima,
cuya mala actuación profesional no puede impedir la
aprobación de una Ley, merecida con creces por la carrera
judicial, que supera en más del 80% los módulos de
trabajo, no siendo imputable su no superación al 20%
restante salvo contadas excepciones.
Como sabéis, ésta fue la
razón básica, que motivó el desacuerdo de Francisco de
Vitoria con los acuerdos, habiéndose negado a suscribir
los mismos.
En nuestra opinión, esa
propuesta Ministerial no justifica de ninguna manera la
ruptura de esta negociación, considerando que, de hacerlo
así, estaríamos perjudicando a la inmensa mayoría de la
carrera por defender los intereses de aquellos compañeros
que incumplen sus obligaciones por su propia voluntad, no
existiendo, por otra parte, una alternativa realista a
esta propuesta, que tenga posibilidades de convertirse
finalmente en Ley, porque el Ministerio se opuso
firmemente a cualquier proposición diferente.
Queremos resaltar, en
cualquier caso, que estos acuerdos no apuestan de ninguna
manera por un modelo de juez productivista, bastando
comprobar, que la banda media de resultados es amplísima,
ya que todos los compañeros que vayan desde el 80% al
120% del rendimiento, tomando el módulo actual como punto
intermedio (100%), obtendrán la misma retribución,
alcanzándola también quienes no superen el 80% por causa
no imputable, debiendo destacarse, por otra parte, que el
acceso al complemento por especial rendimiento será
siempre voluntario, tratándose de una propuesta mucho
más razonable y equilibrada que los recientes planes de
choque, que sí eran productivistas.
Se han conseguido, por
tanto, unos buenos acuerdos, que merecen ser asumidos por
la totalidad de la carrera judicial y sus Asociaciones, ya
que de no ser así, solo se logrará desgastar la Ley,
poniéndola, incluso, en peligro, pero no se obtendrán
mejores resultados.
Madrid a 1 de marzo de 2002
| COMITÉ
EJECUTIVO DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE LA
MAGISTRATURA. |
SECRETARIADO
DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA |